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Aprobada la subida de 900 euros del salario mínimo interprofesional para 2019

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto por el que se incrementa un 22,3% el salario mínimo interprofesional (SMI) para el año 2019. El SMI para 2019 quedaría fijado en 30 euros/día o 900 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

Para el año 2019 el SMI se fija en los siguientes valores:

  • Salario Mínimo diario: 30,00€
  • Salario Mínimo mensual: 900,00€
  • Salario Mínimo anual: 12.600,00€ (14 pagas)
  • SMI Empleados de Hogar: 7,04€ por hora
  • SMI eventuales y temporeros: 42,62€ diarios

Estos valores representan un incremento del 22,3% respecto al pasado año 2018.

La cuantía se fija en salario/día y salario/mes y en el caso de empleados de hogar se fija también en salario/hora. El salario mínimo para media jornada se correspondería con el 50% de los valores indicados, es decir, 450,00€ mensuales.

Trabajadores eventuales y temporeros y empleados de hogar

Por su parte, los trabajadores eventuales y temporeros y para la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días percibirán, conjuntamente con el salario mínimo citado, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias a que, como mínimo, tiene derecho todo trabajador, correspondientes al salario de treinta días en cada una de ellas, sin que la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 42,62 euros por jornada legal en la actividad.

Retribución de las vacaciones

En lo que respecta a la retribución de las vacaciones de los trabajadores eventuales y temporeros, dichos trabajadores percibirán conjuntamente con el salario mínimo interprofesional fijado, la parte proporcional de este correspondiente a las vacaciones legales mínimas en los supuestos en que no existiera coincidencia entre el periodo de disfrute de las vacaciones y el tiempo de vigencia del contrato. En los demás casos, la retribución del periodo de vacaciones se efectuará de acuerdo con el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores y demás normas de aplicación

Salario mínimo por horas para trabajadores eventuales y temporeros

Como novedad para el próximo 2019, encontramos un salario mínimo-hora para eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no superen los 120 días al año. 

En el supuesto de que la jornada sea inferior a los ciento veinte días al año, el salario mínimo por hora efectivamente trabajada y que incluye todos los conceptos retributivos para los trabajadores eventuales y temporeros será de 6,90 euros.

Incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en un 4% para 2018

Gobierno e interlocutores sociales (sindicatos y patronales) acuerdan incrementar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) un 4% en 2018 y fijar una senda que lo sitúe en 850 euros en 2020.

En Palacio Asesores le informamos que el Gobierno de Esapaña y los agentes sociales han llegado a un acuerdo para que el salario mínimo interprofesional (SMI) llegue en España a los 850 euros al final de la legislatura. En 2017, el sueldo más bajo que cobran los españoles es de 707 euros al mes en 14 pagas al año para empleos a jornada completa. En 2018 la subida será del 4%, hasta los 736 euros mensuales en 14 pagas. Falta concretar la senda de los dos años siguientes. No obstante, la legislatura acabará con un salto de casi 200 euros desde que llegó el actual Gobierno hasta 2020: de 655 a 850 euros, casi el 30%.

Todo ello, siempre que la economía registre cada año un crecimiento del PIB real superior al 2,5%, y un incremento de la afiliación media a la Seguridad Social superior a las cuatrocientas cincuenta mil personas.

Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social